El Consulado Móvil de Colombia llega a las ciudades de Figueres, Lleida y Zaragoza en el mes de noviembre
La unidad móvil del Consulado General de Colombia en Barcelona visitará Figueres, Lleida y Zaragoza entre el lunes 21 y el viernes 25 de noviembre, para que los connacionales residentes en estas ciudades lleven a cabo diferentes trámites y eviten el desplazamiento y los costos que el traslado representa hasta Barcelona.
Pasaportes, tarjetas de identidad, cédulas de ciudadanía, registros civiles, actos notariales (poderes especiales y cobro de pensión), apostillas, supervivencias e inscripciones consulares serán las gestiones que se podrán realizar en los diferentes espacios que se habilitarán para las jornadas, así como el traslado de documentos (pasaportes, cédulas de ciudadanía y libretas militares).
El lunes 21 de noviembre, el Consulado Móvil estará en Figueres (Centro Cívico Joaquim Xirau. Calle Vilatenim, s/n-.) Horario: 10:00 a.m. a 7:00 p.m.
El martes 22 y el miércoles 23 de noviembre se trasladará a Lleida (Centro Cívico de Balafia. Calle de Terrassa, 1). Horarios: 10:30 a.m. a 7:00 p.m. (Martes 22) y 9:00 a.m. a 6:00 p.m. (Miércoles 23).
El jueves 24 y el viernes 25 de noviembre llegará a Zaragoza (Centro Cívico Teodoro Sánchez Púnter. Plaza Mayor de San José, 2). Horarios: 9:00 a.m. a 6:00 p.m. (Jueves) y 9:00 a.m. a 5:00 p.m. (Viernes).
La atención para todos los trámites se realizará con turnos según la hora de llegada de cada ciudadano, por lo que no es necesario solicitar cita previa a través de la página consular. Asimismo, se les recuerda a los interesados llevar la cédula de ciudadanía vigente y consultar los requisitos, tarifas e información relativa a cada trámite en el siguiente enlace: http://barcelona.consulado.gov.co/tramites_servicios/tramites_exterior
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Los interesados podrán elegir entre 176 centros de examen repartidos en 17 países de todo el mundo.– Delivered by Feed43 service
El Ministerio de Justicia podrá dispensar de realizar los exámenes DELE y CCSE a personas que no sepan leer ni escribir, que tengan dificultades de aprendizaje y solicitantes que hayan estado escolarizados en España y hayan superado la educación secundaria obligatoria. Las solicitudes de dispensa de las pruebas deberán ser remitidas al Ministerio de Justicia.– Delivered by Feed43 service
Los candidatos ya pueden descargar sus calificaciones del las pruebas de Conocimientos Culturales y Sociológicos de España (CCSE) de la convocatoria de septiembre, en la que han resultado "aptos" el 88,4% de los presentados.– Delivered by Feed43 service
Cada candidato tendrá un examen diferente, que le resultará más cómodo, aunque no varían ni el contenido ni el manual de preparación o la duración de la prueba.– Delivered by Feed43 service
El pasado 4 de octubre se presentó la proposición no de Ley para que permita modificar el artículo 22 del Código Civil y poder incluir a los saharauis entre las personas que pueden adquirir la nacionalidad española mediante un plazo privilegiado de dos años de residencia.
Con ello, los saharauis se equipararían al resto de nacionales iberoamericanos que sólo necesitan 2 años de residencia legal y continuada anterior a la solicitud de nacionalidad española.
La diputada Ester Capella, de Esquerra, impulsora de esta proposición ha sostenido que “el Estado español mantiene todavía un vergonzoso olvido al no reconocer la vinculación especial que han mantenido con el Estado los territorios saharauis y, en consecuencia, asimilar a sus ciudadanos y ciudadanas en el Código Civil a los de los territorios reconocidos en el artículo 22 por la vinculación histórica con el Estado español”.
La Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados de España ha aprobado esta proposición por lo que, el Gobierno deberá comenzar con el trámite que proceda a las modificaciones legales pertinentes para facilitar el acceso a la nacionalidad española para los extranjeros de origen saharaui que así lo soliciten.
Estaremos muy pendientes de esta iniciativa legal así del proceso y documentos requeridos para que los saharauis puedan presentar el expediente de nacionalidad a los dos años, y no a los 10 años que actualmente lo hacen según su pasaporte de nacionalidad argelina, mauritana o marroquí.
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La Orden JUS/1625/2016 ha establecido distintos casos de dispensa de realizar las pruebas de nacionalidad del Instituto Cervantes.
En particular, el artículo 10.5 de la Orden de Justicia establece que las personas que no sepan leer ni escribir o tengan especiales dificultades de aprendizaje podrán solicitar la dispensa de hacer las pruebas al Ministerio de Justicia que, a la vista de las circunstancias particulares y las pruebas aportadas, resolverá motivadamente.
El caso típico de la persona que podría solicitar la dispensa será el de una persona mayor analfabeta, que no sabe ni leer ni escribir en su lengua natal y con grandes dificultades para hacerlo dada su avanzada edad.
No serían casos de dispensa aquellos que han suspendido el examen DELE y que quieren justificar que no saben leer ni escribir en base a ello, ni los casos de personas que leen y escriben en su lengua natal y no en español.
Os lo explicamos en el siguiente vídeo.Si tienes más dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asesoría jurídica en el 807502019.Coste del servicio 1,21 €/min fijo, 1,57 €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Abogado Colg 4954 ICAGR C/ Navarra 1 bajo 18007 Granada
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El Instituto Cervantes ha publicado un comunicado en su web aclarando los casos de dispensa de examen de nacionalidad.
Además, se aclara que aquellas personas que no estén obligados a realizar el examen y que hayan pagado la matricula podrán solicitar el desistimiento de hacer las pruebas siempre que estén en plazo para hacerlo (15 días).
Os dejamos el comunicado
Nuevas exenciones en los exámenes CCSE y DELE
El Ministerio de Justicia podrá dispensar de realizar los exámenes DELE y CCSE a personas que no sepan leer ni escribir, que tengan dificultades de aprendizaje y solicitantes que hayan estado escolarizados en España y hayan superado la educación secundaria obligatoria. Las solicitudes de dispensa de las pruebas deberán ser remitidas al Ministerio de Justicia.
El pasado martes, 11 de septiembre, se publicó en el BOE la Orden Ministerial que, en su artículo 10.5 (JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de la nacionalidad española por residencia) prevé la posibilidad de solicitar al Ministerio de Justicia la dispensa de las pruebas DELE y CCSE en tres casos:
– Personas que no sepan leer ni escribir.
– Personas con dificultades de aprendizaje.
– Solicitantes que hayan estado escolarizados en España y hayan superado la educación secundaria obligatoria.
En todos estos casos, las solicitudes de dispensa de las pruebas se deberán remitir al Ministerio de Justicia, quien decidirá a la vista de las circunstancias particulares y las pruebas aportadas.
Las personas que crean que se encuentran en una de las anteriores situaciones deberán dirigirse al Ministerio de Justicia para tramitar la solicitud de dispensa adjuntando la oportuna documentación acreditativa en su expediente de solicitud de nacionalidad española.
Todos aquellos candidatos que ya se hayan inscrito en los exámenes CCSE y/o DELE A2, pueden solicitar el desistimiento de las pruebas, si se encuentran en plazo para hacerlo, aunque dicho desistimiento no implica la confirmación de la exención por parte del Instituto Cervantes.
Por otra parte, la misma Orden Ministerial establece el procedimiento para que los interesados que estén en posesión de un certificado de nivel básico (A2), intermedio (B1) o avanzado (B2) de las Escuelas Oficiales de Idiomas, así como los que se detallan en el artículo 10.3, puedan acreditarlo en su expediente de solicitud de nacionalidad. En este sentido, la Orden Ministerial establece que los candidatos que estén en posesión de estos títulos deberán autorizar al Ministerio de Justicia para que compruebe su existencia en el registro del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.
El Instituto Cervantes, por tanto, no será competente en ninguna de estas dispensas, teniendo que tramitarse todo ello a través del Ministerio de Justicia, tal y como establece la Orden Ministerial.
Más info en: https://ccse.cervantes.es/noticias/nuevas-exenciones-en-los-examenes-ccse-y-dele
No te pierdas: http://www.parainmigrantes.info/dispensa-de-hacer-los-examenes-de-nacionalidad-espanola/
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El Programa Salvados se mete de lleno en el problema de los refugiados que llegan a Europa arriesgando su vida en el mar.
El primer Salvados de la nueva temporada cuenta la historia del Astral, un velero de 30 metros construido en los años 70 que siempre había sido usado como lujoso barco de recreo. Hasta que en la pasada primavera su dueño pensó que no podía seguir disfrutando del barco sabiendo que había tanta gente arriesgando su vida lanzándose al mar, ese mismo Mediterráneo por el que él navegaba, y lo cedió a la ONG Proactiva Open Arms.
Ya convertido en barco de vigilancia y salvamento después de superar numerosas dificultades, el Astral zarpó rumbo a las costas de Libia para llevar a cabo la que sería su primera misión de rescate con un equipo de Salvados a bordo. Durante sus más de cien minutos de duración, el programa muestra la complicada transformación del barco, nos presenta a su tripulación formada por voluntarios de Proactiva Open Arms y permite observar de cerca el drama que viven cada día en el Mediterráneo las miles de personas que tratan de llegar a Europa huyendo del horror de la guerra, los abusos o el hambre.
Exhaustos y exprimidos por las mafias, rescatados después de un viaje que en algunos casos puede durar años, los refugiados cuentan el infierno del que vienen y las esperanzas que tienen puestas en el futuro ahora que se creen a salvo en Europa.
Aquí os dejamos los mejores momentos.
Ver documental completo aquí http://www.lasexta.com/programas/salvados/
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